INCENDIOS

El Gobierno aprueba ayudas para trabajadores y empresas afectados por los incendios

El nuevo decreto contempla prestaciones extraordinarias de hasta cuatro meses para empleados que no puedan acudir a su puesto de trabajo y medidas de apoyo para autónomos y empresas

Nacional
29 Julio 2026, 13:03 | Actualizado 29 Julio 2026, 14:54

Las personas afectadas por los incendios y que no puedan acudir a sus puestos de trabajo contarán con una protección extraordinaria tras la aprobación por parte del Gobierno de un Real Decreto destinado a garantizar ingresos a trabajadores, autónomos y empresas perjudicados por esta situación. La norma fue aprobada en el Consejo de Ministros y está pendiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las medidas buscan proteger a quienes no puedan desarrollar su actividad laboral debido a los efectos del fuego, ya sea por la imposibilidad de acceder a sus viviendas o por la necesidad de atender a familiares, al cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado. La prestación tendrá una duración máxima de cuatro meses.

Una prestación extraordinaria desvinculada del paro

La abogada laboralista Ana Gómez ha explicado que todavía quedan aspectos importantes por concretar sobre esta nueva ayuda. Según ha señalado, «queda mucho por saber, la letra más importante, qué importe van a recibir y de qué manera los trabajadores van a poder pedirlo».

Asimismo, ha detallado que se trata de una prestación extraordinaria financiada con fondos del SEPE, aunque desvinculada de la prestación por desempleo ordinaria. «Es una prestación extraordinaria con los fondos del SEPE que también pagan la prestación de desempleo, pero desligada de la prestación de desempleo. Y la van a poder pedir con un máximo de cuatro meses. La garantía de que tienen su contrato de trabajo suspendido, eso quiere decir con derecho a reserva de su puesto de trabajo, y se podrán incorporar cuando la situación de necesidad termine», ha explicado.

Tramitación a través de las empresas

La información adelantada por el Gobierno establece que los trabajadores deberán comunicar su situación a la empresa y aportar la documentación que la justifique. Posteriormente, será la propia empresa la encargada de trasladar la solicitud al SEPE.

Sobre este procedimiento, Ana Gómez ha advertido de las dificultades que puede plantear el plazo previsto. «Un día es un plazo demasiado corto para que las empresas puedan tramitarlo con esa premura», ha señalado.

Protección laboral y ayudas a autónomos

La nueva prestación extraordinaria tendrá una duración máxima de cuatro meses y no afectará a las cotizaciones previas de los trabajadores. Además, el decreto contempla garantías adicionales para proteger el empleo de las personas afectadas. Entre ellas figura la consideración como nulos de los despidos o modificaciones de las condiciones laborales motivados por esta situación. Asimismo, se reconoce un permiso retribuido de cinco días hábiles en caso de fallecimiento de un familiar.

Por otro lado, las empresas afectadas podrán solicitar exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, mientras que los trabajadores autónomos tendrán acceso a la prestación por cese de actividad sin necesidad de acreditar un período mínimo de cotización.