VIVIENDA
El alquiler se prorroga dos años y habrá ayudas para comprar
Los nuevos decretos de vivienda limitan las subidas del alquiler e incluyen incentivos fiscales y un préstamo público de hasta 50.000 euros para la primera vivienda
@alexanders-images Los nuevos decretos cambian el alquiler y la compra de casa
Los nuevos decretos de vivienda se publican este miércoles, 7 de octubre, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con medidas que afectan directamente a inquilinos, propietarios y compradores de una primera vivienda. Las principales novedades entrarán en vigor a partir de este jueves.
Una de ellas es la posibilidad de prorrogar durante dos años los contratos de alquiler que lleguen a su vencimiento. El propietario solo podrá oponerse en determinados supuestos, como cuando necesite recuperar la vivienda para él o para un familiar.
También se establecen límites a la actualización de las rentas. Los alquileres que se encuentren por encima del precio de referencia quedarán congelados, mientras que los situados por debajo podrán actualizarse hasta un 2 %, según ha explicado la secretaria de Estado de Vivienda, Leire Iglesias, en el programa La Hora de La 1.
Deducciones e incentivos para el alquiler
Los decretos también contemplan deducciones fiscales para los inquilinos e incentivos para los propietarios que mantengan o reduzcan el precio de sus alquileres.
Otro de los cambios afecta a los desahucios. En los casos en los que un inquilino con contrato deje de pagar debido a una situación de vulnerabilidad sobrevenida, la Administración tendrá que abonar la renta al propietario.
Además, se endurecen las condiciones de los alquileres de temporada y por habitaciones con el objetivo de evitar que estas modalidades se utilicen para eludir la normativa que regula los contratos de vivienda habitual.
Mayor protección para los propietarios
Si un inquilino deja de pagar por una situación de vulnerabilidad acreditada, la comunidad autónoma tendrá dos meses para ofrecerle una alternativa habitacional. Si no lo hace, deberá pagar al propietario todas las cantidades adeudadas, las que se hayan ido acumulando y las costas judiciales. Durante esos dos meses, el desahucio queda suspendido.
Si transcurre ese plazo sin vivienda alternativa ni pago, la comunidad autónoma se subroga en la deuda del inquilino y el lanzamiento no se ejecuta mientras persista la vulnerabilidad y siga vigente el contrato. El Estado compensará a las comunidades por estos gastos, pero no por los intereses de demora que genere su propio retraso.
Hasta 50.000 euros para comprar la primera vivienda
En el ámbito de la compraventa, se crea un préstamo público de hasta 50.000 euros al 0 % destinado a facilitar el pago de la entrada para adquirir una primera vivienda. El beneficiario comenzará a devolver esta cantidad una vez que haya terminado de pagar la hipoteca, lo que permitirá aplazar el reintegro del préstamo público. Todas estas medidas están incluidas en el primero de los dos decretos y entrarán en vigor mañana.