Publicado el calendario para la próxima temporada de caza en Extremadura
La Junta de Extremadura ha publicado este martes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la Resolución por la que se establecen los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2024 - 2025.
La misma contiene de forma detallada las especies cinegéticas que podrán ser objeto de caza, los medios y modalidades permitidas, los periodos y, en su caso, días hábiles para esta práctica según las distintas especies y modalidades.
En términos generales, la temporada de media veda arranca el 15 de agosto, la de caza mayor el 7 de octubre y la de caza menor el 12 del mismo mes.
Según detalla la norma, el periodo habilitado para caza menor en general comprende desde el 12 de octubre hasta el 6 de enero durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional, estableciendo como excepciones que el conejo, en cualquier modalidad, finaliza el domingo 26 de diciembre.
Por su parte, la liebre en las modalidades de galgos y cetrería finaliza el domingo 19 de enero y la liebre con galgos y conejo a diente con podencos los días hábiles son jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional. Para las aves de cetrería son días hábiles todos los días de la semana.
Por su parte, la media veda se extiende desde el 15 de agosto hasta el 8 de septiembre en horario de 07,00 a 11,00 horas y a partir de las 17,00 durante sábados, domingos y festivos, para especies como la codorniz al salto o el ánade real y zorro.


