TRIBUNALES

La defensa de David Sánchez pide su absolución

El recurso, solicita al TSJ de Extremadura que revoque la condena a nueve años de inhabilitación por prevaricación y denuncia una investigación prospectiva y errores en la valoración de la prueba

Extremadura
El hermano de Pedro Sánchez, David Sánchez, a su salida de la segunda jornada de un juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz, a 1 de junio de 2026, en Badajoz, Extremadura

Andrés Rodríguez / Europa Press El hermano de Pedro Sánchez, David Sánchez, a su salida de la segunda jornada de un juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz, a 1 de junio de 2026, en Badajoz.

8 Octubre 2026, 10:46 | Actualizado 8 Octubre 2026, 11:04

La defensa de David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, ha presentado su recurso contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz que le condena a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa relacionado con su contratación, en 2017, en la Diputación de Badajoz.

El escrito, de 104 páginas y al que ha tenido acceso Canal Extremadura, solicita la estimación del recurso y la absolución íntegra del acusado. Se interpone ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz para su posterior elevación y resolución por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx). La impugnación se articula en torno a varios motivos. Entre ellos, la defensa sostiene que se produjo una investigación prospectiva y una vulneración de derechos fundamentales, denuncia errores en la valoración de las pruebas relativas al supuesto absentismo y cuestiona la aplicación del artículo 404 del Código Penal, que regula el delito de prevaricación administrativa.

Una «causa general»

Uno de los principales argumentos del recurso se dirige contra el origen y desarrollo de la investigación. La defensa sostiene que el procedimiento acabó convirtiéndose en una «causa general» sustentada inicialmente en informaciones periodísticas y denuncias que considera inconsistentes.

También cuestiona la constitucionalidad de las incautaciones masivas de correos electrónicos realizadas durante la investigación. En este sentido, la defensa argumenta que las denuncias e informaciones que dieron origen al procedimiento, posteriormente impulsado por Manos Limpias y otras acusaciones populares, perseguían «acrecentar el estado de opinión social contra el Gobierno de España». A su juicio, la investigación adquirió así un carácter prospectivo marcado por motivaciones ideológicas.

La defensa rechaza la tesis del absentismo

El recurso cuestiona igualmente la valoración de las pruebas utilizadas para sostener que David Sánchez no desempeñaba adecuadamente sus funciones. La defensa denuncia que se le presentara como absentista pese a la existencia, según sostiene, de abundante documentación que demostraría su actividad profesional. Entre esas pruebas menciona miles de correos electrónicos de contenido laboral y atestados de la UCO.

Según la impugnación, estas pruebas de descargo no recibieron una valoración adecuada a la hora de determinar la actividad desarrollada por el acusado en la Diputación pacense.

Del tráfico de influencias a la prevaricación

Otro de los ejes centrales del recurso es la supuesta contradicción entre la absolución por tráfico de influencias y la condena por prevaricación administrativa.

La defensa recuerda que las acusaciones populares sostuvieron en sus querellas que la modificación del puesto de David Sánchez se produjo por la influencia que este habría ejercido prevaliéndose de su relación familiar con Pedro Sánchez y de su relación personal con Miguel Ángel Gallardo, entonces presidente de la Diputación de Badajoz. Sin embargo, según recalca el recurso, la propia sentencia declara que no ha quedado acreditado que David Sánchez ejerciera prevalimiento ni utilizara su relación fraterna con el presidente del Gobierno para modificar las condiciones de su puesto. Esa conclusión desembocó en su absolución por tráfico de influencias.

La defensa considera contradictorio que esa hipótesis, descartada para condenar por tráfico de influencias, pueda permanecer como trasfondo de la condena por prevaricación. Además, denuncia una vulneración del principio acusatorio y una indeterminación sobre la participación atribuida a David Sánchez, al considerar que la resolución oscila entre distintas formas de intervención en los hechos.

El «prejuicio por el libro de familia»

El recurso critica especialmente lo que califica como un «prejuicio por el libro de familia». La defensa sostiene que la condición de David Sánchez como hermano del presidente del Gobierno ha terminado pesando sobre la valoración de los hechos pese a haberse descartado judicialmente la existencia de tráfico de influencias.

En este punto, subraya que Pedro Sánchez es ajeno al procedimiento y ni siquiera declaró como testigo. La defensa considera incongruente mantener una hipótesis de «actuación entre bambalinas» después de concluir que no ha quedado acreditada una influencia del presidente del Gobierno ni de personas de su entorno sobre la contratación o las posteriores modificaciones del puesto.

Cuestiona que exista prevaricación

Finalmente, la defensa alega la aplicación indebida del artículo 404 del Código Penal. Sostiene que las modificaciones relativas a la nomenclatura del puesto de trabajo de David Sánchez no constituyen por sí mismas una resolución injusta susceptible de integrar un delito de prevaricación. También defiende que no se ha acreditado la existencia de dolo, elemento que considera imprescindible para sustentar la responsabilidad penal.

Con todos estos argumentos, el recurso pide que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura estime la impugnación, revoque la condena y absuelva íntegramente a David Sánchez.